Artículo 2 La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. -Se refiere al denominado Estado autonómico. Ordenamiento Estatal y Ordenamiento de las Comunidades Autónomas, son un par de términos que proyectan la paralela expresión juridificada del Estado de Autonomías, regulado en el Título VIII de la CE bajo la rúbrica "De la organización territorial del Estado", y en concreto en su Capítulo III "De las Comunidades Autónomas". - El Parlamento de Cataluña, recogiendo el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía de Cataluña, ha definido de forma ampliamente mayoritaria a Cataluña como nación. La Constitución Española, en su artículo segundo, reconoce la realidad nacional de Cataluña como nacionalidad. -En cataluña están sancionados por